Tipos de licencias
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Copyright |
Copyleft |
Creative Commons |
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Pago por uso de licencias |
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Objetivos |
Impedir el uso libre por parte de terceros de la obra audiovisual de un autor, protegiendo los derechos de explotación de éste. | Contribuir a un uso libre y gratuito de los contenidos culturales que sean propiedad del Estado. | Dar la opción alternativa y libre al Copyright – manteniendo su misma filosofía, sin obviarlo-, pero ofreciendo aceptar todos o parte de los derechos de explotación. | |
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Distribución |
Permite: “· Reproducir la obra en copias o fonogramas; · Preparar obras derivados basados en la obra; · Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias; · Presentar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales; · Mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas, pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de películas u otras producciones audiovisuales; · En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audiodigital.” |
Pretende evitar que la cultura se convierta en un elemento de consumo. Apoya la existencia de los derechos de autor, pero “en unos términos más acordes con el derecho de acceso a la cultura reconocido por la Constitución Española y la Declaración Universal de los Derechos Humanos”. | “Las obras creativas quedan automáticamente bajo la protección de los derechos de copia en cuanto están “fijadas en un medio de expresión tangible”, cualquiera”. Se basa en “herramientas para solucionar los dos problemas: un conjunto de licencias públicas gratuitas lo suficientemente robustas para resistir el escrutinio de un tribunal, y lo suficientemente sencillas para que puedan ser usadas por personas no especialistas en asuntos legales, así como suficientemente sofisticadas para ser identificadas por varias aplicaciones de la Web.[...] Pero siempre al servicio del interés público en lo que se refiere a un intercambio robusto de expresión, conocimiento y arte.” |
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“Cualquier obra que pueda ser plasmada en una copia o un fonograma”. | Las distintas variedades de contenidos audiovisuales | Cualquier tipo de obra creativa |
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Impresión personal de los tipos de licenciamiento:
Considero que la existencia de tantos modelos distintos de licenciamiento puede ser perjudicial a la hora de poder emplear cualquier tipo de contenido u obra. Sí veo muy útil la existencia del Copyright, ya que es una herramienta que permite a los autores garantizarse una serie de derechos sobre sus obras y sobre el uso que se hace de éstas. Sin embargo, le veo algunos inconvenientes, como que haya que pagar para que tus obras estén protegidas o que muchas veces las organizaciones gestoras de estos derechos (como la SGAE) hacen un uso muy poco social de la Ley con el objetivo de beneficiarse. En el caso del Copyleft, no lo veo tan útil, ya que, aunque su fin es muy loable, no tiene ningún sentido como servicio de protección de los derechos individuales de los autores. Creo que el modelo de licenciamiento ideal son los Creative Commons, ya que, al igual que el copyright, permite a los autores tener un cierto control sobre el uso que se hace de sus obras, y por otro lado, no es tan severo en cuanto a las normas para hacer uso de esas obras, además del aspecto económico, ya que en los Creative Commons no se exige ningún pago para poder usar la obra en cuestión.
